El concejal de Hacienda, Manolo Gil, se ha hecho eco de la convocatoria de Subvención por parte de la Diputación Provincial de Málaga para autónomos. La presente convocatoria se realiza al amparo de lo establecido en el artículo 17.2 de la Ley General de Subvenciones.

Tiene por objeto la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con destino al apoyo del emprendimiento a través de la concesión de ayudas económicas, destinadas a la financiación de la cuota del régimen especial de trabajadores autónomos o la cuota de los/as trabajadores/as pertenecientes a un colegio profesional con mutualidad alternativa, del año 2016, de los municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga.

Podrán ser personas beneficiarias de la subvención, quienes cumplan los siguientes requisitos:

a) Las personas que residan y desarrollen su actividad económica o vayan a desarrollarla en los municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga.

b) Teniendo en cuenta la actividad económica:

– Hayan puesto en marcha su actividad económica, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o de los/as trabajadores/as pertenecientes a un colegio profesional con mutualidad alternativa, a partir del 1 de enero de 2013 y permanezcan de alta en el momento de presentación de la solicitud de subvención.

– O no teniendo su actividad económica puesta en marcha, presenten una memoria explicativa de la actividad económica a emprender y declaración de intención de alta, lo cual deberán acreditar en el plazo de 10 días naturales desde la publicación de la propuesta de resolución provisional del Diputado Delegado de Empleo, Recursos Europeos y Nuevas Tecnologías, presentando la resolución de alta en RETA

o alta en mutualidad alternativa si se pertenece a un colegio profesional y el alta en el censo de empresarios/as (modelo 036 o 037 o CIRCE).

c) Que cumplan con los requisitos fijados en esta convocatoria, y los establecidos en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Málaga y presenten solicitud de subvención.

Lugar, plazo y condiciones de presentación de solicitudes:

1. La presentación de las solicitudes y su documentación se realizará a través de alguna de las siguientes formas:

– En el Registro General de la Diputación de Málaga, sito en calle Pacífico, número 54, 29004 Málaga.

– De forma telemática a través de la Sede Electrónica de Diputación de Málaga, para lo que será necesario disponer de certificado digital o DNI electrónico. La documentación presentada por Sede que no contenga huella digital ni código de verificación se considerará como copia del original.

– A través de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en la Ley 4/1999 de modificación de la anterior, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 24 23 de octubre de 2015.

Documentación obligatoria para la admisión como solicitante de la subvención:

1. Solicitud firmada, que deberá estar cumplimentada en los campos obligatorios, según modelo oficial (Anexo I). La cuantía máxima a solicitar se establece en el artículo 8 de la presente convocatoria.

2. Memoria explicativa de la actividad económica puesta en marcha o que se va emprender, con inclusión del presupuesto de cuota anual y financiación del régimen especial de trabajadores autónomos o de los/as trabajadores/as pertenecientes

a un colegio profesional con mutualidad alternativa. La memoria explicativa ha de estar cumplimentada en todos sus campos obligatorios. La cuantía económica del campo de financiación por parte de Diputación, debe coincidir con el importe solicitado.

3. Declaración de no hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones legalmente establecidas para obtener la condición de persona beneficiaria de la subvención.

4. Autorización para que, en el supuesto de que se obtenga la subvención, la Diputación de Málaga pueda interesar de cualquier administración pública, incluida la propia Diputación, certificación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, o, en su caso, declaración responsable del representante legal de dicha Administración, o del funcionario/a titular de la fe pública con el visto bueno de la autoridad sobre la acreditación del cumplimiento.

5. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), en vigor. En el caso de ciudadanos/as comunitarios/as que no tengan TIE o éste no se encuentre en vigor, presentarán fotocopia del Certificado

de Registro de Ciudadanos de la Unión y fotocopia del documento nacional de identidad del país de procedencia o pasaporte en vigor.

6. Original o fotocopia de volante o certificado de empadronamiento, cuya fecha de emisión no sea de antigüedad superior a 3 meses, a contar desde la finalización del plazo de la solicitud de ayudas a la presente convocatoria.

7. Acreditación de la actividad económica y empresarial:

7.1. Si la persona solicitante se encuentra de alta, en el momento de presentar la solicitud, deberá aportar:

– Original o fotocopia del modelo censal 036 o 037 de la Agencia Tributaria, de alta en el censo de empresarios/as, con el fin de acreditar el lugar donde se realiza la actividad económica.

– Original o fotocopia de resolución de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social o alta en la mutualidad alternativa

en el caso de trabajadores/as pertenecientes a un colegio profesional. En el caso de haber realizado el trámite de alta de la actividad económica a través del portal CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas), del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, mediante el sistema de tramitación telemática que

facilita a la ciudadanía la constitución y la puesta en marcha de su idea empresarial, se aportará este documento en lugar del modelo censal 036 o 037 y alta en RETA.

– Original o fotocopia del último recibo abonado de la cuota de autónomo o mutualidad alternativa, excepto en el supuesto de que el alta en RETA o mutualidad

alternativa se haya realizado en el mes anterior a la publicación de la convocatoria o posteriormente.

7.2. Si la persona solicitante no se encuentra de alta en el momento de presentar la solicitud, deberá aportar:

– Declaración de la intención de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social o alta en la mutualidad alternativa en el caso de trabajadores/as pertenecientes a un colegio profesional, indicando el municipio de menos de 20.000 habitantes donde se pondrá en marcha la idea empresarial.

Los interesados pueden ponerse en contacto con José Carlos Castaño, coordinador de FUNMADES (Fundación de Manilva para el Desarrollo) al teléfono: 607550376 tanto para recibir información como ayuda en su presentación.

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9 COMENTARIOS

  1. Se anuncia el dia 15 y el plazo es hasta el 24, es decir que una semana para prepararlo, un poco precipitado diria yo. Pasan años para que se anuncie una ayuda para autonomos y cuando se hace, rapidito que no se entere el personal, por ello se me antoja decir DESPACITO PERO MU MAL.

    MAS APOYO DEL AYUNTAMIENTO A LOS AUTONOMOS, QUE SE REUNAN CON ELLOS, SE LES ESCUCHE Y SE INVIERTA EN LOS NEGOCIOS LOCALES, EN TODOS!

  2. jajaja tontoooo ke viene de diputacion jajaja no la an preparao ello jajaja la diputasion se lo manda al ayuntamiento y ello lo anuncia jajaja a ve si tambie van a tener la culpa cuano lo diga diputasion jajaja no sabemo lee o keremo inventa jajaja

  3. El concejal k lleva el trabajo atrasado? No da tiempo ni a reunir el papeleo y k acabe el plazo en sábado me parece raro, el ayuntamiento abre los sábados? Y Kien es José Carlos? Pork no se encarga el k es el concejal ?
    Hay k estar más atentos a las ayudas de diputación y no publicarlas tarde, lo mejor será k los empresarios entremos en la página de diputación para estar informados pork con tanto incompetente será imposible

  4. Esas ayudas casualmente siempre salen en épocas electorales. Olvidáos de ellas, jamás vais a coger ninguna , además si cogieseis alguna , luego hay que declararla al hacer la declaración de la renta , es el momento en el que se lo cobran, porque te quitan lo dejado mas la comisión y si no lo declaráis , Hacienda te multa y esta es casi el doble de lo que te dieron. Informaros antes , esto no es un regalito, es electoral os lo aseguro, el PSOE siempre igual , con estas supuestas ayudas, los falsos ERES, los PER etc… Solo pretenden comprar votos .

  5. Claro se nota k los políticos se meten en esta página, he tenido k decirlo yo para k el concejal lo cambie
    Si es k hace las cosas mal y tarde, k lastima de sueldo k se lleva

  6. Claro se nota k los políticos se meten en esta página, he tenido k decirlo yo para k el concejal lo cambie
    Si es k hace las cosas mal y tarde, k lastima de sueldo k se lleva

  7. [quote name=”Paseo”]El concejal k lleva el trabajo atrasado? No da tiempo ni a reunir el papeleo y k acabe el plazo en sábado me parece raro, el ayuntamiento abre los sábados? Y Kien es José Carlos? Pork no se encarga el k es el concejal ?
    Hay k estar más atentos a las ayudas de di[xxxxx]ción y no publicarlas tarde, lo mejor será k los empresarios entremos en la página de di[xxxxx]ción para estar informados pork con tanto incompetente será imposible[/quote]
    OSÉ CARLOS ES OTRO DE LOS IMPUTADOS EN E CASO MANILVA

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