El Consejo de Ministros ha puesto sobre la mesa medidas drásticas para contener el contagio del COVID-19, un virus que se ha cobrado ya la vida de 183 personas en toda España hasta ahora. En el real decreto que está ultimando el Gobierno de Pedro Sánchez se prevé que se limite la circulación de las personas, a partir del lunes a las ocho de la mañana, salvo para las siguientes actividades:
- adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad,
- asistencia a centros sanitarios,
- desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial,
- retorno al lugar de residencia habitual,
- asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables,
- desplazamiento a entidades financieras,
- por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
En cuanto a la circulación de los vehículos particulares por vías de uso público, será permitida para la realización de las actividades permitidas antes mencionadas, así como para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio. “En cualquier caso en cada desplazamiento deberán respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias”, se lee en el borrador del real decreto al que ha tenido acceso este diario.
Suspensión de bares, espectáculos, gimnasios
El Gobierno establece la suspensión de actividades comerciales y establecimientos, de actividades recreativas, actividades de hostelería y restauración y de espectáculos públicos y establecimientos deportivos. En el borrador se añade un anexo con todos los negocios afectados: cines, auditorios, salas de conciertos, de exposiciones, teatros, pabellones de Congresos, campos de todos los deportes, piscinas, boleras, salones de billar, discotecas, casinos, locales de apuestas, restaurantes, cafeterías, terrazas…
Posibles cortes de carreteras y la mitad de buses y trenes
Cuando se considere pertinente, el ministro de Interior podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez. Se informará a las autoridades autonómicas cuando se necesite su cooperación.
El borrador de real decreto también incorpora importantes limitaciones a los servicios de transporte. Los de tipo privado (por ejemplo, aerolíneas y autobuses de media y larga distancia) deberán reducir su oferta total de operaciones en al menos un 50%. Los servicios ferroviarios (ya sean cercanías o media distancia) deberán reducir su oferta en al menos también en un 50%. Y los sistemas de venta de billetes online deberán incluir “un mensaje suficientemente visible en el que se desaconseje viajar salvo por razones inaplazables”.
El papel de las policías y el Ejército
Para conseguir que esas restricciones de movimiento sean efectivas, con el fin de frenar el contagio del coronavirus, el Ejecutivo de Sánchez pone bajo su mando a las policías autonómicas y locales. “Los integrantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, los cuerpos de policía autonómicos y los locales quedarán bajo la orden directa del ministro del Interior” en cuanto se considere necesario para garantizar la protección de personas, bienes y lugares, “pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza”, se puede leer en el real decreto ley, al que ha tenido acceso este diario.
También se apoyará en el Ejército para las labores de seguridad que sean necesarias. El Consejo de Ministros, que empezó a las 10.45 horas, ha hecho un receso para comer, pero continuará después del almuerzo para cerrar ya del todo las medidas y dar a conocer las iniciativas concretas y aprobadas. Cuando acabe, Sánchez comparecerá para detallar las iniciativas aprobadas.
Colaboración ciudadadana
En el borrador del decreto, el Gobierno solicita que la ciudadanía colabore con las autoridades sin obstaculizar que los agentes puedan llevar a cabo las tareas que consideren oportunas para garantizar que se cumplen las reglas establecidas. En el caso de las autonomías que, como Catalunya, tienen cuerpos policiales propios, se establecerán mecanismos necesarios para garantizar que se cumple el decreto a través de las juntas de seguridad
Y el Ejecutivo incluirá en el documento legal sanciones para aquellos que incumplan estas limitaciones extraordinarias, aunque en el borrador, al menos, no las concreta. “Los agentes de la autoridad podrán practicar las comprobaciones en las personas, bienes, vehículos, locales y establecimientos que sean necesarios” a fin de poder constatar y, en su caso impedir, que se lleven a cabo servicios y actividades que sean suspendidas por el estado de alarma.
Los ministros de Defensa, Interior, Transportes y Sanidad tendrán competencias para actuar y dictar órdenes en todo el país bajo la dirección de Sánchez durante el tiempo que se prolongue el estado de alarma, en principio durante los próximos 15 días. Pasada esa fecha, si el Ejecutivo considera que debe continuar el estado de alarma, tendrá que acudir al Congreso de los Diputados para conseguir el apoyo. El PP ya ha dicho que podrá contar con su respaldo.
En cuanto a la gestión ordinaria de los servicios, cada administración conservará las competencias que le otorga la ley vigente, sin perjuicio de lo ya advertido sobre las áreas marcadas como cruciales para mantener el estado de alerta en todo el país.
Movilidad de médicos y material sanitario para evitar el colapso
Gracias al armazón legal que prepara el Ejecutivo, el Ministerio de Sanidad podrá trasladar a personal y material sanitario de un punto a otro de España, “de acuerdo con las necesidades que se pongan de manifiesto en la gestión de esta crisis”. Los establecimientos médicos de carácter militar también reforzarán el sistema de salud. Al mismo tiempo, en un momento en el que la sanidad pública corre peligro de colapsarse, el departamento que dirige Salvador Illa podrá “ejercer aquellas facultades que resulten necesarias respecto a los centros santiarios privados”. Es decir, disponer de ellos.
Los límites de las requisiciones
El Gobierno podrá requisar temporalmente todo tipo de bienes necesarios “para el cumplimiento del real decreto, en particular para la prestación de los servicios de seguridad o de los operadores críticos y esenciales”, en referencia a sectores como la sanidad y la alimentación. Asimismo, según el artículo 7 de la norma que el Consejo de Ministros está debatiendo, “podrá imponerse la realización de prestaciones personales obligatorias imprescindibles para la consecución de los fines de este real decreto”.
Podrá también intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, incluidos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada, así como la industria farmacéutica.
Las iglesias y los entierros
La asistencia a lugares de culto (iglesias, mezquitas, etcétera), así como las ceremonias civiles y religiosas, incluidas las fúnebres, sí podrán llevarse a cabo, pero siempre que se adopten medidas para “evitar aglomeraciones de personas”, de tal manera que “se garantice a los asistentes la posibilidad de respetar la distancia entre ellos de al menos un metro”.
Conferencia de presidentes, aplazada
La videoconferencia del presidente del Gobierno con los presidentes autonómicos que se iba a celebrar hoy a las cinco se traslada a mañana a media mañana, ya que el Consejo de Ministros está durando mucho más de lo pensado y todavía tiene que comparecer Sánchez ante la opinión pública para detallar el real decreto aprobado.