“Ya se conocen” los candidatos para integrarse dentro de la plantilla municipal ocupando el cargo de Gerente de Urbanismo dentro del Ayuntamiento de Manilva y que obtendrá un salario mensual de 4.617,28€ correspondientes a un salario base de 1.203,56€ mensuales a los que se le añaden un complemento de destino de 1.051,31€ mensuales y otro complemento específico.
Los candidatos serán convocados a una entrevista personal con el Alcalde, asistido por la Comisión de Valoración. Durante dicha entrevista cada aspirante deberá llevar a cabo la exposición y defensa del plan de actuación, debiendo responder a las cuestiones que se le formulen en relación a lo expuesto y a las actividades a desarrollar y cuantas otras se estime necesarias para valorar su adecuación, competencias, aptitudes y actitudes para el puesto de trabajo.
El nombramiento se realizará en función de la puntuación total obtenida en el procedimiento de selección. En cualquier caso, habrá un orden de prelación, de mayor a menor, en función de las puntuaciones obtenidas por cada una de las personas candidatas.
Una vez resuelto se procederá a la publicación de la correspondiente resolución en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Manilva.
Dicho portal de transparencia solo da a conocer esta información pero se reserva dar a conocer los nombres de los candidatos, algo que no ha ocurrido con otros procedimientos similares como por ejemplo, el de los aspirantes a la Policía Local que en todo momento se ha ido dando el nombre y apellido de los que han ido optando a las plazas ofertadas.
Así pues, la información que se hace pública es la siguiente:
Preseleccionados:
- 7*4*1*9*D
- 4*8*6*9*G
- 0*9*6*1*K
- 3*8*6*4*K
- 5*4*3*5*W
- 2*6*0*7*R
No preseleccionados:
- 3*8*4*9*K. No consta copia de la titulación académica.
- 0*0*9*0*E. Presentación de solicitud fuera de plazo.
- 7*9*6*9*V. Presentación de solicitud fuera de plazo.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Manilva, de conformidad con los artículos 112.1,123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o alternativa y directamente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.