Este martes se han publicado en el Boletín Oficial del Estado las medidas incluidas en el plan de ahorro energético. Entre otros aspectos, se obligará a apagar luces y escaparates en edificios públicos y comercios que no estén en uso a partir de las 22.00 horas, tendrán que tener la puerta cerrada y se establecen límites a la temperatura. El real decreto contempla algunas salvedades. Estas son algunas de las medidas principales.
Temperaturas acotadas entre 19º y 27º
El plan de ahorro energético establece un límite de 27 grados en el caso del aire acondicionado en verano y a los 19 grados para la calefacción en invierno, al menos hasta noviembre de 2023. Se calcula que cada grado que se acota se ahorra un 7% del consumo eléctrico.
Entrada de comercios con puertas automáticas
Los locales y edificios sujetos a este plan de ahorro tendrán que tener las puertas cerradas siempre que estén en funcionamiento el aire acondicionado y la calefacción, otra medida que imita lo que ya rige en Francia. Se da dos meses de plazo para su aplicación y se exigirá que los edificios y comercios cuenten con un sistema de cerrado de puertas antes del próximo 30 de septiembre.
Asimismo, deberán exhibirse carteles para explicar estas medidas de ahorro en los establecimientos, al igual que para informar sobre las temperaturas y niveles de humedad.
Escaparates, edificios y monumentos a oscuras
Los comercios, a semejanza de lo que sucede ya en Francia y Alemania, deberán apagar las luces de sus escaparates a partir de las diez de la noche, una medida que también será de aplicación para los edificios públicos que no estén en uso, la iluminación decorativa de sus fachadas y los monumentos.
Teletrabajo y revisión de calderas
La ministra Ribera instó a las empresas a que, al igual que se hizo durante la pasada crisis sanitaria, animen a sus trabajadores a teletrabajar y permitan concentrar horarios para así ahorrar desplazamientos y a su vez ahorrar el consumo en edificios públicos. «Fuimos capaces de hacerlo durante la pandemia y desde entonces hemos aprendido mucho», señaló.
Para evitar que se consuma más de lo que corresponda, los inmuebles que hayan pasado la inspección de eficiencia energética antes del 1 de enero de 2021 deberán someterse a una revisión extraordinaria antes del 31 de diciembre de 2022, de modo que todos los edificios con un consumo de climatización relevante hayan superado una inspección en los últimos dos años. De la misma manera, se establece la revisión de calderas térmicas, siempre que la última fuera anterior a enero de 2021.
Desde edificios públicos a bares
Las medidas son «de aplicación tanto al conjunto de edificios y locales de las administraciones públicas como en el ámbito del sector terciario», según establece el BOE. Así, estarán obligados a limitar la temperatura de los edificios administrativos, tanto públicos como privados, en los que se incluyen, por ejemplo, bancos y despachos profesionales y oficinas.
Edificios culturales como teatros, cines, auditorios, centros de congresos y salas de exposiciones, así como establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas, deberán cumplir las medidas, así como tiendas, supermercados, grandes almacenes y similares.
De nuevo hoteles, restaurantes, bares y cafeterías son sectores afectados por estas medidas y tendrán la obligación de limitar el termostato, así como las estaciones de tren y autobús.
Centros sanitarios o peluquerías
El Gobierno ha previsto salvedades cuando «por razones justificadas» se necesite acomodar este criterio «a una orientación más laxa». Así, se prevé excepciones a centros sanitarios, asistenciales, educativos o peluquerías, por ejemplo.
En vigor la próxima semana
Las medidas comenzarán a aplicarse una semana después de su publicación este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), es decir, el próximo martes día 9 de agosto y tendrán una vigencia hasta el 1 de noviembre de 2023.
¿Multas o sanciones?
Según lo dispuesto en este régimen sancionador, las infracciones serán sancionadas con multas de hasta 60.000 euros si son leves. Las graves tendrán que hacer frente a una sanción de hasta seis millones de euros mientras que las «muy graves» podrían ascender a los cien millones de euros.
En todo caso, la vigilancia para garantizar que las medidas de ahorro energético se cumplan dependerá de las comunidades autónomas.