El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 7 de Málaga dicta auto para la suspensión de la resolución de Alcaldía nº 2020/0261 del 6 de febrero del 2020 que dimos a conocer inicialmente desde esta redacción, en cuanto al nombramiento de G.S.V. para el puesto de encargado general en sustitución de A.M.M. y al mismo tiempo ordena suspender la resolución de Alcaldía nº 2020/374 del 14 de febrero del 2020 por la que paralizaba los pagos que el trabajador sustituido venía percibiendo en relación al “Pacto de disponibilidad electricidad y emergencias”.
Ante esta resolución cabe Recurso de Apelación en un solo efecto.
Recordamos que según el decreto en cuestión, las bases para dicha convocatoria fueron publicadas el 5 de diciembre en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y fueron expuestas durante 15 días pero esta redacción no pudo tener acceso a dicha convocatoria y pese a estar informando constantemente de todas las ofertas de trabajo disponibles en nuestro municipio, no pudimos tener conocimiento de las misma hasta la fecha de resolución.
Según el decreto firmado por el Alcalde de la localidad en su día, Mario Jiménez, las discrepancias surgidas durante la tramitación del expediente, y haciendo uso de las atribuciones que le otorgaba el ordenamiento en vigor, en particular, el artículo 21.h de la Ley 7/1985 del 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, resolvió anular la convocatoria destinada a la provisión, a través del sistema de libre designación, de puesto de trabajo vacante en el Ayuntamiento de Manilva con el cargo de Encargado General, publicar la presente Resolución en la sede electrónica del Ayuntamiento de Manilva , a efectos de que todos los candidatos pudiesen conocer el contenido y quedando pendiente dar cuenta al Pleno de la Corporación.