La Junta Electoral de Zona de Marbella ha desestimado la denuncia presentada por el Partido Popular contra el Ayuntamiento de Manilva en relación con la organización de un autobús para asistir a la movilización educativa prevista el próximo 22 de abril tras las alegaciones presentadas desde el propio consistorio.
En el acuerdo firmado por su presidente, D. Ángel-J. Sánchez Martínez, se concluye que no se ha producido ninguna infracción de la normativa electoral, tras analizar tanto la denuncia como las alegaciones presentadas por el Consistorio.
El derecho de manifestación, reconocido en la Constitución
La Junta Electoral recuerda en su resolución que el derecho de reunión, reconocido constitucionalmente, no puede confundirse con actos de campaña electoral, estableciendo una diferencia clara entre movilizaciones sociales y acciones destinadas a captar voto.
En este sentido, subraya que durante el periodo electoral deben limitarse las actuaciones públicas con contenido electoral, pero ello no impide el ejercicio de derechos fundamentales ni la realización de actividades no orientadas a la captación de sufragios.
No se acredita uso de recursos públicos ni financiación municipal
Tras examinar la documentación aportada, el órgano electoral concluye que:
- No se ha probado que la difusión de la convocatoria proceda de canales institucionales del Ayuntamiento
- No existe acreditación de financiación pública del autobús
- No consta ningún acuerdo, expediente o actuación formal municipal vinculada a estos hechos
Además, considera especialmente relevante que tampoco se ha demostrado el uso de recursos públicos para facilitar la asistencia a la movilización.
Una iniciativa que parte de las AMPAS y sin carácter electoral
Aunque la Junta reconoce que el Ayuntamiento pudo sumarse a la iniciativa —algo que considera “indudable” por la documentación aportada—, determina que ello no supone una vulneración de la ley electoral.
La resolución destaca que:
- No hay petición de voto
- No existen alusiones a logros o realizaciones de gobierno
- No se utilizan mensajes propios de campañas electorales
Por tanto, la actuación se enmarca dentro de la actividad ordinaria de administraciones, asociaciones y colectivos en el ejercicio legítimo de sus derechos.
Sin infracción electoral
La Junta Electoral concluye que los hechos denunciados no vulneran el artículo 50 de la LOREG, por lo que no procede adoptar medidas ni iniciar ningún expediente sancionador.
De este modo, queda cerrada la controversia en torno a la movilización convocada por las AMPAS de Manilva y Casares, que continúa adelante en defensa de la construcción de un nuevo instituto y que aún quedan algunas plazas libres para poder sumarse a esta concentración que se realizará este Miércoles 22 con salida a las 8:00 y regreso a las 14:30.
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