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Municipio de gran afluencia turística

El 21 de febrero de 2012, la Consejería de Comercio, Turismo y Deportes de la Junta de Andalucía declaraba el municipio de Manilva zona de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales.

Por ello, los establecimientos ubicados en el municipio tendrán libertad horaria durante los siguientes periodos:

a) Semana Santa, comprendiendo desde el Domingo de Ramos al Sábado Santo, ambos incluidos, de los años 2012, 20013, 2014 y 2015.

b) Del 1 de julio al 15 de septiembre, ambos incluidos, de los años 2012, 20013, 2014 y 2015.

Cabe recordar también el calendario de aperturas de los establecimientos comerciales en domingos y festivos para 2012

La Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de la Junta de Andalucía también ha aprobado el calendario de apertura de establecimientos comerciales de más de 300 metros cuadrados en domingos y festivos para el año 2012, una vez que ha sido consensuado en el seno del Consejo Andaluz de Comercio, el órgano consultivo en la materia. El máximo de días autorizados será de ocho, tal y como dispone la ley que regula el sector en Andalucía.

En este sentido, las ocho jornadas de apertura al público fijadas en la comunidad andaluza durante el próximo ejercicio serán las siguientes:

el 2 de enero (lunes)

el 1 de julio (domingo)

el 12 de octubre (viernes)

el 1 de noviembre (jueves)

el 8 de diciembre (sábado)

el 16 de diciembre (domingo)

el 23 de diciembre (domingo)

el 30 de diciembre (lunes).

La citada ley establece que tendrán plena libertad para determinar los días y horas de apertura los establecimientos de pastelería y repostería, pan y platos preparados, prensa, combustibles y carburantes, y floristerías y plantas; las denominadas tiendas de conveniencia; y los comercios instalados en puntos fronterizos y en estaciones de transporte terrestre, marítimo y aéreo.

También disponen de libertad de apertura en domingos y festivos los establecimientos que dispongan de una superficie útil de venta al público inferior a 300 metros cuadrados, a excepción de aquellos que pertenezcan a empresas o grupos de distribución que no tengan la consideración de pyme o que operen bajo el mismo nombre comercial de éstos.

Finalmente, podrán abrir libremente los comercios de zonas declaradas de gran afluencia turística, que son aquellos términos municipales o parte de los mismos en los que la media ponderada anual de población es superior al número de residentes en determinadas épocas del año. En dichas zonas, la libertad de apertura solo será aplicable en los períodos que se determinen.

Diego Díaz, concejal de Comercio, se ha mostrado muy satisfecho ya que considera que es una muy buena noticia para el municipio ya que así, los comerciantes y empresarios, podrán hacer uso de estos horarios y alternativas que ofrece dicha designación.

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